Violento

La justicia rechazó el recurso de apelación que presentó Andrés Suriani, ex diputado provincial, a la resolución que lo intimó a abstenerse de ejercer actos de violencia psicológica contra una médica, y reiteró que las acciones realizadas por el denunciado si constituyeron un hecho de violencia.
Hace 3 años Judiciales

El ex diputado provincial Andrés Rafael Suriani fue denunciado por una médica luego de que este difunda por redes sociales y en su programa de televisión, a modo de escrache, fotos y datos de la denunciante acusándola de “homicida” por realizar prácticas de interrupción voluntaria y legal del embarazo como marca la ley.

La Justicia había intimado a Suriani a abstenerse de ejercer actos de violencia psicológica en medios de comunicación masiva, cualquier red social y/o cualquier otro medio que afecten la libre elección, dignidad y la imagen de la denunciante y también lo exhorto a enmarcarse dentro de las leyes de violencia de género.

El ex diputado decidió apelar dicha medida al considerarla “arbitraria y violatoria de las garantías constitucionales” y asegurando que en el falló se “adjetivó y encasilló” a las partes de forma discriminatoria a hablar de la denunciante como médica (lo que es su profesión) y referirse a el como referente de grupos pro vida.

Asimismo, aseguró que la difusión de los chats que se le atribuyen donde ejerce violencia contra la médica “tienen un origen ilegal” y viola su derecho a la libertad de expresión. A ello le sumó que las denuncias realizadas “no tienen que ver con la cuestión de género”. 

La apelación fue enviada a la Sala Primera de la Cámara de Apelaciones que corrió vista al fiscal de Cámara Civil, Comercial y Laboral quien emitió un dictamen rechazando la aplicación.

Entre los fundamentos de la Sala Primera, aseguran que “en la causa emerge una clara situación de violencia generada a partir de las expresiones vertidas en su momento por el apelante (Sr. Suriani), las que traslucieron una grave e injustificada agresión hacia la persona denunciante”.

Ante ello, la Sala Primera de la Cámara de Apelaciones decidió rechazar el recurso de Suriani e imponerle las costas por su orden. 

LS