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Concejales de la Comisión de Desarrollo Económico, Hacienda, Presupuesto, Cuentas y Política Tributaria analizaron un proyecto de ordenanza que incorpora un inciso al artículo 186 del Título VI, del Código Tributario Municipal, apartado que fija las excepciones al pago de la Tasa sobre Publicidad y Propaganda.
El autor del proyecto, Pablo López (JC+), indicó que la iniciativa está destinada a jóvenes emprendedores y tiene como fin “estimularlos y acompañarlos”.
La medida está destinada a emprendedores de 18 a 30 años que se encuentren comprendidos en el artículo 2 del Anexo de la Ley Nacional N° 24.977- Régimen Simplificado para pequeños contribuyentes-, hasta la categoría "D", inclusive. Beneficio que se otorgará desde el inicio de la actividad comercial por primera vez en la ciudad de Salta, por un lapso de dos años y no será renovable.











