Las multas de tránsito estarán entre $2.442,5 y $244.250, se medirán con el valor de la nafta

Ayer el Concejo Deliberante aprobó el proyecto de ordenanza elaborado por la Comisión de Tránsito, Transporte y Seguridad vial que modifica el artículo 86 del Código de Tránsito.
Hace 5 años Municipales

DDN. Ayer, en la Sesión Ordinaria, los concejales aprobaron el Proyecto de Ordenanza elaborado por la Comisión de Tránsito, Transporte y Seguridad Vial. El texto establece modificar el artículo 86, Anexo I, de la normativa N° 14.395 (Código de Tránsito), y su modificatoria norma N° 15.827, estableciendo que la Unidades Fijas (UF) equivaldrán al menor precio de venta al público de medio litro de nafta súper.

De esta manera, establecieron que las multas de tránsito estarán entre 50 UF y 5000 UF, actualmente, considerando el valor de la nafta súper, que se encuentra en 97,70, las multas irían desde los $2442,5 a los $244.250, según lo determine el Tribunal de Faltas. Aun así, la normativa establece que las multas podrán incrementarse hasta 20.000 UF ($977.000) “en función de los mayores excesos en que los infractores incurran”.

“Accesoriamente, se establecerá un mecanismo de reducción de puntos aplicable a la Licencia Nacional de Conducir conforme a los principios generales y las pautas de procedimiento que determine la presente ley y su reglamentación. A los efectos de complementar el presente artículo se establece que el precio de venta al público de 1 litro de nafta súper, es el menor que fije el Automóvil Club Argentino”, detalla la normativa.

Mientras que la disposición transitoria consigna que las multas labradas a partir de la promulgación de la Ordenanza N° 15.827, de fecha 06 de mayo de 2021, se adecuarán a lo normado en la Ordenanza sancionada en la fecha

NF