DDN. La Corte Suprema ordenó a Salta y Jujuy informar en un plazo de 30 días si los actuales proyectos para la extracción de litio y borato están afectando el agua y medioambiente.
La orden involucra a Lake Resources, Ganfeng Lithium, Lithium Americas, Minera Exar, Allkem, Dajin-Litica, Eramine Sudamérica, Posco, Rio Tinto y Argosy Minerals, entre otras.
Las comunidades aborígenes de Santuario de Tres, junto a otras agrupaciones y la Fundación Ambiente y Recursos Naturales, sostienen que el avance de los proyectos daña sus derechos a vivir en un "ambiente sano, a la vida, al agua y a la autodeterminación".
Además, denuncian que se estaría impactando el humedal Salinas Grandes y la laguna de Guayatayoc, que comprende áreas interjurisdiccionales.
Los reclamantes exigen que se suspendan las autorizaciones para la exploración y explotación de litio y borato en las dos provincias, ante lo cual la corte exigió a los demandados que le envíen copias de todos los permisos concedidos para realizar actividades mineras, así como las denuncias presentadas por materias ambientales.
El tribunal ordenó además la formación de un comité de expertos para evaluar los efectos de los proyectos litíferos sobre la hidrología, biodiversidad y aspectos socioculturales.
Consultado al respecto, el biólogo Enrique Derlindati explicó que no se va a detener en la Puna en términos generales, sino en la Cuenca de Salinas Grandes, por un pedido explicito de las comunidades originarias de Tres Pozos y otras, hasta que se presente una evaluación de impacto ambiental acumulada de todas las actividades mineras de litio en esa cuenca.
Para el biólogo, “es un fallo interesante porque pone en agenda el tema de la evaluación de impacto ambiental acumulada, que es algo que no se suele hacer porque se presentan de manera puntual por una minera, cuando la mayoría de las veces hay varias instaladas en un mismo salar, extrayendo agua de allí”.
Mencionó que los informes no son vinculantes y que incluso son las mismas empresas mineras las que contratan a las consultoras que deben elaborar las evaluaciones, que es a su vez son autorizadas por la Secretaria de Minería que es la que promueve la actividad en la zona. “No se le da mucha bolilla a lo ambiental y se trabaja sobre la factibilidad minera”, dijo.
En tanto, recordó que el fallo establece que hasta que no se presenten los informes no se permitiría ninguna actividad en la Cuenca de Salinas Grandes.
Por otra parte, sostuvo que en materia ambiental tampoco son claros los criterios en los que se basó el ordenamiento territorial anterior. “No podemos encontrar la información de base ambiental que generó el ordenamiento y no está claro cómo se definieron las áreas”, indicó.  
Fuente: Todas las voces todas-FM Noticias 88.1 Mhz,
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