Oficializan la limitación de horarios, circulación, deportes e ingreso a Salta

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Oficializan la limitación de horarios, circulación, deportes e ingreso a Salta
Oficializan la limitación de horarios, circulación, deportes e ingreso a Salta

Hasta el próximo 12 de julio, rigen las medidas restrictivas.

DDN. Se publicó en el Boletín Oficial de Salta las nuevas medidas dispuestas por el Comité de Emergencia. Hasta el próximo 12 de julio, rigen las medidas restrictivas.

Política Local Salta, Lunes 6 de Julio de 2020

El Comité Operativo de Emergencia de la Provincia publicó en el Boletín Oficial de este lunes la Resolución que comunicaron la tarde del sábado el ministro de Gobierno, Ricardo Villada y el secretario General de la Gobernación, Matías Posadas.

El documento rubricado tanto por Posadas como por la ministra de Salud y presidenta del COE, Josefina Medrano, limita el ingreso de personas a todo el territorio de la provincia, a excepción de transportes de carga, actividades y servicios esenciales como salud y seguridad.

Se limita según terminación par (lunes, miércoles y viernes) e impar (martes, jueves y sábados) la concurrencia a comercios, ferias, centros comerciales, shoppings, galerías y supermercados. Los comercios están obligados a exigir a los clientes la exhibición del DNI y no podrán concretar actividades comerciales con quienes no estén debidamente habilitados.

La terminación par/impar no aplicará para el sector gastronómico, espacios deportivos para actividad individual, espacios culturales, farmacias y ópticas, drugstores, despensas y comercios de venta de productos de primera necesidad.

El COE también establece que todas las actividades comerciales, recreativas, artísticas, familiares y sociales, deportivas y gastronómicas, a excepción de aquellas esenciales, podrán funcionar solo hasta las 20 hs.

Solamente podrán desarrollarse actividades deportivas de carácter individual.

Tal como se comunicó oportunamente el sábado, los departamentos Orán, San Martín y Güemes solo podrán realizar desplazamientos mínimos e indispensables para la provisión de medicamentos y alimentos, como el desarrollo de actividades y servicios esenciales exclusivamente es decir, el retorno a la fase 1 de cuarentena.

La Resolución 38 tendrá vigencia hasta el 12 de julio próximo.

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