El diputado Hernández quiere una acción declarativa de certeza sobre la empresa del juez de corte Horacio Aguilar

Silencio del presidente de la comisión de juicio político de la cámara baja, Pedro Sández.
Hace 5 años POLITICA

DDN. Después de conocerse que el juez de la Corte de Justicia de Salta, Horacio Aguilar, conformó una sociedad comercial en mayo, habiendo sido designado ya en su cargo, el diputado Franco Hernández Berni, integrante de la comisión de Juicio Político de la Cámara de Diputados, explicó que deberá haber una acción declarativa de certeza para determinar la incompatibilidad. Además, indicó que, dado el caso, Aguilar deberá ceder sus acciones.

La firma en cuestión es Los Viñacos SAS (Sociedad de Acciones Simplificadas)”, inscripta para diversas actividades económicas el 28 de mayo de 2020 y publicada en el Boletín Oficial el pasado 20 de julio. José Horacio Aguilar figura como socio además de José Ignacio Lupión, Magdalena Day Aráoz y Bernardo Sayus.

Consultado al respecto, el Diputado recordó que “los magistrados, en general, no pueden ejercer la actividad comercial ni empresarial porque el fundamento del constituyente, al momento de poner esa incompatibilidad ha sido evitar el tráfico de influencias, por ejemplo”. “Por eso los elevados sueldos de los magistrados, atento a que no puede ejercer otra función”, dijo.

En este sentido, sostuvo que más allá de ser miembro del directorio de la firma o socio accionista con derecho a voto, “en definitiva, el fin de la empresa es ganar dinero, no es un fin benévolo”.

“Creo que tiene que haber una acción declarativa de certeza que diga hasta dónde es el alcance de ese precepto constitucional, porque tanto esta persona, que es miembro de la Corte de Justicia de Salta, el Máximo Tribunal de la Provincia, como todos los otros magistrados, están incursos en la incompatibilidad que dice la Constitución de la Provincia de Salta y la Constitución de la Nación”, enfatizó Hernández.

Y agregó: “Por más que vos seas socio accionista de una S.A. o tengas cuota en una S.R.L., en ambos casos sos parte de un organismo que tiene el objeto de ganar dinero, no es otra cosa que una actividad comercial. Se soluciona con una acción declarativa de certeza”.

“Las leyes de fondo, cuya competencia corresponde al Congreso de la Nación, como el Código Penal, han avanzado en el tema de la responsabilidad penal, solidaria y personal, inclusive, de aquellas personas que son miembros del directorio. En definitiva, tendrá que ceder sus acciones, hay que dar el ejemplo”, remarcó.

Finalmente, consultado sobre la posibilidad de un jury de enjuiciamiento, se limitó a decir: “Yo soy parte del jury. El presidente es el diputado- Pedro- Sández, y la mayoría tiene el oficialismo. El debate está planteado y yo creo que se tiene que constituir para un tema de debate preliminar. Se soluciona esto con una acción declarativa de certeza, hasta dónde llega la incompatibilidad”.

Fuente: Algo personal/ FM Noticias 88.1 MHz.

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