
Estado de sitio en el pueblo El Tabacal

DDN. El abogado David Leiva denunció ayer penalmente a los directivos del Ingenio y Refinería San Martín Del Tabacal SRL y de la empresa PROSEGUR (Seguridad privada) por el delito previsto en el artículo 194 * del Código Penal.
  El Letrado precisó en su denuncia que a la entrada al pueblo de El Tabacal, existen unos arcos con barreras similares a las del paso de las vías de ferrocarril, con personal de Prosegur (Agencia de Seguridad contratada por El Ingenio), que impide y entorpece la circulación a quienes se trasladan en vehículos que vienen por la ruta nacional 50 y tratan de entrar a dicho pueblo.
  Leiva precisó que solicitan razones de la visita al pueblo a cualquier ciudadano que quiera ingresar y si no son razonables para los hombres de seguridad, éstos impiden la entrada.
  Asimismo, destacó que personal de la policía de Salta requisa los vehículos sin orden judicial y sin labrar acta alguna.
  El pueblo de El Tabacal tiene barrios como San José, Villa Las Rosas, Villa del Valle, Villa San Antonio (o Barrio Obrero), trazados de calles y al transpasarlas Barreras se encuentra la Avenida San Martín que lleva hasta la finalización del pueblo en el que comienza un camino vecinal que lleva al Río Bermejo y que es utilizado por los pescadores de la zona. En este pueblo existe un destacamento policial, una escuela pública, dos cajeros (Banco Rio y Banco Macro), paradas de colectivos de transporte interurbano, comercios, clubes de fútbol, una Iglesia Católica, un cementerio (con cientos de personas enterradas y al que concurren personas que no viven en El Tabacal y que van a tributar a sus muertos), miles de personas con actas de nacimiento nacidas en El Tabacal, restaurantes, es lugar de votación en elecciones provinciales y nacionales, figura con código postal del Correo Argentino y una fábrica de azúcar que sí está cerrada al público como corresponde.
  El abogado enfatizó que los habitantes del pueblo El Tabacal no son propiedad del Ingenio y en consecuencia, a pesar que este pueblo está construido sobre tierras de esta empresa y que esta empresa haya construido las viviendas, el domicilio de los habitantes de allí es privado de estos, y existen derechos colectivos afectados por esta empresa que impide o estorba la circulación hacia ese pueblo.
  “Este es el motivo de la denuncia, de una situación injusta, ilegal, dolosa, que se comete diariamente a ojos vistas de los poderes públicos de Salta”, remarcó Leiva.
·  ARTICULO 194. - El que, sin crear una situación de peligro común, impidiere, estorbare o entorpeciere el normal funcionamiento de los transportes por tierra, agua o aire o los servicios públicos de comunicación, de provisión de agua, de electricidad o de sustancias energéticas, será reprimido con prisión de tres meses a dos años.
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