DDN. El
organismo regulador de alimentos y medicamentos en nuestro país anunció la
medida en el Boletín Oficial. La investigación comenzó por la denuncia de un
consumidor y en las inspecciones se hallaron varias infracciones.
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y
Teconología Médica (ANMAT) prohibió este jueves, a través de una disposición
publicada en el Boletín Oficial, la comercialización de una marca de conserva
de morrones.
La decisión del ente se basó en el informe del Departamento de Higiene de los Alimentos de
la provincia de Salta, que inició actuaciones porque el producto "no
cumple la normativa alimentaria vigente".
La disposición 3552/2021 establece la prohibición de
comercialización en todo el territorio nacional del producto Pimientos morrones enteros comunes, marca
Cuisine & Co, Peso Neto 185 gr, RNPA 17003910, LOT:2030218-1 ELAB
18/02/20, VENC 17/02/22 y LOT 2030217-1, ELAB 17/02/20 - VENC 16/02/22,
elaborado y envasado por RNE N° 17000522, para Cencosud SA.
En los considerandos, la ANMAT agregó que se trata de
"un producto alterado, por estar el envase hinchado, con manchas de herrumbre
en su parte superior y estar abombado, resultando ser un producto ilegal".
Todo comenzó por la denuncia de una consumidora a la
Dirección General de Control de la Industria Alimenticia de la provincia de
Córdoba, que según manifestó, "no estaría en buenas condiciones".
Luego, la
autoridad sanitaria de Salta realizó una inspección en el establecimiento Jumbo Retail Argentina S.A
sito en Av. Sarmiento y Arenales, Salta Capital, a los efectos de verificar
las condiciones higiénicas y tomar muestra reglamentaria del producto en
cuestión.
El control concluyó que se trababa de producto no apto.
"El envase está hinchado, con manchas de herrumbre en su parte superior,
el estado de conservación es deficiente, y se trata de una conserva abombada,
no propia de un producto elaborado correctamente, a continuación, notificó el
resultado del análisis a la empresa elaboradora Hijos de Salvador Muñoz y
Cencosud S.A. y les solicitó que procedan al retiro del producto del
mercado", indicó el organismo.
En consecuencia, "el Departamento Vigilancia
Sanitaria y Nutricional de los Alimentos del INAL comunicó a todas las
Jurisdicciones Bromatológicas del país el retiro voluntario del mercado
nacional de los lotes del producto involucrado, categorizó el retiro como Clase
II, lo que significa que existe una probabilidad razonable de consecuencias
adversas temporarias y/o reversibles en la salud de los consumidores por lo que
deberá extenderse al nivel de distribución minorista".
Además, "solicitó comunicar a los niveles
municipales la medida y realizar en el ámbito de su jurisdicción la
coordinación del monitoreo del retiro por parte de las empresas del producto
alcanzado".
Asimismo, solicitó a la firma Cencosud SA que informe si
se encuentra realizando el retiro del producto, y de ser así que brinde la
información pertinente, por lo que la citada firma informó que ambos lotes se
comercializaron en su totalidad en el mercado interno detallando que las
provincias a las cuales se envió mercadería fueron Buenos Aires, Chubut,
Córdoba, Entre Ríos, La Rioja, Mendoza, Río Negro, Neuquén, Salta, Santa Fe y Tucumán.
BH