DDN. En las
últimas horas se conoció un fallo de la justicia sanjuanina por medio del cual
se obstaculiza el acceso de una mujer a la Interrupción Voluntaria del Embarazo
tras un recurso interpuesto por su ex pareja, quien presupone ser el padre. La
abogada de la Multisectorial de Mujeres de Salta, Gloria Cruz, aseguró que se
trata de una decisión asentada en una mirada patriarcal y explicó por qué prevalece
el derecho de la mujer. Además, remarcó que se trata de una medida cautelar de
no innovar, por lo que aún debe resolverse la demanda de fondo.
“Seguimos estando dentro de una estructura social
netamente patriarcal y la lectura que se hace, a mi entender, de esta
presentación que se realiza ante la justicia tiene, sin lugar a dudas, este
tinte patriarcal”, aseveró la abogada al referirse al fallo de los jueces de la
Sala III de la Cámara Civil de San Juan.
En este sentido, se refirió al fundamento de la
resolución que “se asienta mucho en la voluntad de las partes en el momento de
contraer matrimonio, de llevar una vida en común”, y analizó: “Recurren a la
presunción de paternidad contenida en el Código Civil y Comercial, pero en
ningún momento este fundamento atiende a la autonomía progresiva de la mujer
para decidir sobre su propio cuerpo porque si volvemos, y tenemos en cuenta
cuáles fueron los argumentos que, en su momento, se barajaron para el dictado
de la ley 27610, partíamos de la base de que ningún derecho es absoluto”.
Recordó entonces que “la decisión de la mujer para
disponer de su propio cuerpo y de su vida reproductiva y sexual es inversamente
proporcional”, es decir que “cuanto menos desarrollada está la gestación, más
posibilidades tiene”. “De hecho, se establece un lapso para que la mujer
disponga sobre la concepción en sí y su continuidad o no, hasta la semana 14.
Es lo que conocemos como IVE”, aclaró señalando que “pasado este tiempo se
puede llegar a realizar un aborto si hay otras circunstancias como la violación
o el peligro de muerte para la mujer”.
“En ningún momento, o por lo menos yo no logré encontrar
en los fundamentos el respeto a esta autonomía de la mujer, el respeto para
poder decidir sobre su propio cuerpo- reiteró Cruz-. Me llama la atención
porque en los fundamentos se remite a esta cuestión de que el matrimonio es la
institución de orden público, donde los esposos se comprometen a desarrollar un
proyecto de vida en común. En ningún momento la justicia sanjuanina hace reparo
al derecho que le cabe a la mujer, por ley, para decidir sobre su propio
cuerpo, y continuamos con el ejercicio patriarcal de creer que el cuerpo de una
mujer es un objeto, una incubadora de la cual los hombres pueden disponer
libremente”.
Señaló, además, que el pedido del supuesto padre,
solicitando a la mujer que siga adelante con el embarazo para luego entregarle su
hijo, queda por fuera de la normativa nacional ya que no contempla la subrogación
de vientres, y agregó: “A todas luces, con las manifestaciones expresas que
hace este señor, no hace más que objetivar el cuerpo de la mujer, y a eso lo
está permitiendo la justicia”.
Cruz advirtió que “mientras tanto, los tiempos corren, mientras
tanto, el tiempo para que la mujer pueda interrumpir este embarazo sigue
corriendo”, por lo que subrayó: “Vemos que se habla de que hay una laguna en
este sentido, y yo no veo ninguna laguna porque tenemos que estar a la decisión
que tiene la mujer sobre su propio cuerpo, que nada dice la ley que pueda
condicionar”.
En este punto, la abogada aclaró que “a los efectos del
derecho, el niño adquiere derechos al momento de nacer, que se pueden
retrotraer eventualmente al momento de la concepción (por ejemplo, en el caso
del derecho sucesorio). Pero, si ese niño no nace con vida, no hay ningún
derecho que le quepa”. “En el mismo sentido, cuando se reclama una cuota
alimentaria (durante un embarazo), no es que está reclamando una cuota
alimentaria para ella, sino para ese niño que, al momento de nacer, adquiere
derechos”, amplió.
Frente a esta situación, y tras leer los fundamentos, Cruz
consideró que el fallo, indefectiblemente, “obedece a esta estructura
patriarcal que está enquistada en la justicia”. “Por algo se está hablando en
estos días de hacer una modificación, una justicia feminista, con esta impronta
que deben tener en todos los estamentos de la justicia. Si leo el fundamento de
esta medida, sin lugar a dudas que es patriarcal. Se remite a conceptos tales
como el de familia, matrimonio, para nada habla de la autonomía de la mujer en
este sentido. Sin lugar a dudas, para mí, tiene su fundamento en un pensamiento
netamente patriarcal”, sostuvo remarcando que “el Poder Judicial es uno de los
primeros ‘objetores’ para capacitarse en lo que se refiere a la Ley Micaela”.
La abogada advirtió así que, pese a este fallo que bien
podría constituirse en un antecedente para que se realicen otras presentaciones
en el mismo sentido, se debe esperar a conocer cuál es la decisión judicial en la
demanda de fondo, y enfatizó: “Los tiempos son muy exiguos, tiene que
resolverse esto en estas semanas porque se están cumpliendo las 14 semanas para
acceder a la Interrupción Voluntaria del Embarazo. Esta es una medida cautelar
en la cual se esgrime, o se solicita, la medida de no innovar. Lo que nos aflige
es la demanda de fondo y cómo se expiden al respecto”.
“Necesitamos que la perspectiva de género sea
internalizada por todos los efectores del Estado, del Poder Judicial, Poder
Legislativo y Poder Ejecutivo, para que la estructura sociocultural en la cual
nos asentamos sea deconstruida y comencemos a manejar otros hábitos de conducta.
Es un proceso a largo plazo en el cual vamos a tener mucha resistencia en el
camino”, concluyó.
Fuente: Hora 7 radial – FM Noticias 88.1 MHz.
BH